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Declaraciones a Presentar en el mes de Febrero de 2024 ¡Que no se te pasen!




En el mes de febrero 2024 hay algunas declaraciones Informativas que deberás presentar si te ubicas en alguno de los siguientes supuestos:







Personas obligadas

Obligación

Medio

Fundamento legal

Vencimiento

Personas Morales No Contribuyentes (A.C. S.C. etc.)

Presentar declaración en la que se determine el remanente distribuible y distribución a cada integrante

Aplicación electrónica del SAT

LISR 86 fracción III

ISR vence 15 de febrero

Personas que efectúen pagos por intereses

Información sobre intereses pagados y retenciones efectuadas

Base de datos electrónica

LISR 55, 89, 136 último párrafo | RMF 2024 3.5.8.

ISR vence 15 de febrero

Personas físicas y morales que tengan préstamos del extranjero

Declaración informativa sobre saldos insolutos de préstamos por residentes en el extranjero

DIM o 30 Anexo 4

LISR 76 fracción VI, 110 fracción VII | RMF 2024 2.8.2.1.

ISR vence 15 de febrero

Personas morales que deduzcan créditos incobrables antes del plazo de caducidad, de contribuyentes que realizan actividades empresariales

Aviso de deducción de pérdidas por créditos incobrables

Escrito libre

LISR 27 fracción XV

ISR vence 15 de febrero

Personas morales

Declaración informativa sobre operaciones efectuadas a través de fideicomisos de actividad empresarial

51

LISR 76 fracción XIII

ISR vence 15 de febrero

Intermediarios de la BMV

Información sobre todas las enajenaciones de acciones realizadas a través de la Bolsa Mexicana de Valores

Base de datos electrónica

LISR 56 | RMF 2024 3.5.8.

ISR vence 15 de febrero

Personas Morales No Contribuyentes

Declaración informativa de ingresos y erogaciones

Aplicación electrónica del SAT

LISR 86 fracción IV

ISR vence 15 de febrero

Personas físicas y morales con ingresos en REFIP

Declaración informativa sobre inversiones realizadas en territorios con regímenes fiscales preferentes (*)

Internet Forma 63

LISR 178 | RMF 2024 2.8.2.1., 3.19.7.

ISR vence 28 de febrero

·         * Recuerda que según la Regla Miscelánea 2024 3.19.5., la declaración se considerará presentada dentro del plazo, cuando sea presentada de forma espontánea a más tardar dentro de los tres meses siguientes a aquel en que se tenía la obligación legal de hacerlo, salvo que no contenga la información relativa a la totalidad de las inversiones que el contribuyente haya realizado o mantenga en regímenes fiscales preferentes 


¿En qué medios se presenta la información?



Magnéticos:


Para capturas con más de 40,000 registros, la información la debes de presentar ante cualquier oficina del SAT, en unidad de memoria extraíble (USB) o en CD, los que te serán devueltos después de realizar las validaciones respectivas.



Por Internet:


Para capturas de hasta 40,000 registros, la información la debes enviar por internet a través de este portal. Una vez que hayas realizado la captura de datos, el programa genera un archivo para enviarlo por dicha vía.


 
 
 

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