Enero 2024: antes de ir por los regalos de Reyes no se te olvide realizar tus modificaciones salariales
- Dr. Eduardo Aguilar
- 2 ene 2024
- 2 Min. de lectura
Actualizado: 25 ene 2024

En enero de cada año deberás realizar las modificaciones a tus Salarios base de cotización ante el IMSS, para esto, deberás considerar que para el cálculo de tu factor de integración para determinar el nuevo salario base de cotización, desde 2023 se modificacion los días de vacaciones, lo que conocemos como la reforma de "vacaciones dignas" y aunque de momento los días mínimos de aguinaldo siguen siendo 15, para 2024 se espera discutir la modificación a 30 días para lograr un "aguinaldo digno"
Recuerda que también los salarios mínimos para 2024, se incrementaron en razón de un 20% asi como los mínimos profesionales por lo que si tienes trabajadores que se encuentren en estos mínimos deberán ser actualizados.

Te comparto el link para que puedas descargar la tabla de los nuevos salarios mínimos aquí:
Considerando estos dos puntos anteriores para recalcular tus salarios deberás determinar tus factores de integración considerando esto.
Por lo que para 2024 tus factores de integración quedarían de la siguiente forma siempre y cuando las prestaciones sean las mínimas de Ley. Si se otorgan prestaciones mayores a las mínimas estos factores serán distintos y se deberá calcular un factor de integración para cada caso en particular.
Factores estimados considerando prestaciones mínimas de Ley.

La presentación de los movimientos afiliatorios deberá efectuarse dentro del plazo no mayor a cinco días hábiles contados a partir de la realización de los supuestos. La presentación de los movimientos afiliatorios para trabajadores del campo deberá efectuarse dentro del plazo no mayor a siete días hábiles contados a partir de la realización de los supuestos.
Las modificaciones de salario originadas por Revisión de Contrato Colectivo de Trabajo, se comunicarán al Instituto obligatoriamente, dentro de los treinta días naturales siguientes a la celebración del convenio, y de manera presencial en la Subdelegación y Oficina Auxiliar de Afiliación y Cobranza de control de registro patronal.
Los avisos de inscripción de los trabajadores aun cuando se presenten en los plazos oportunos mencionados en la Ley, no liberan al patrón de la obligación de pagar los capitales constitutivos que se deriven de riesgos de trabajo, si éste ocurre antes de la presentación del aviso. Lo mismo opera para modificación de salario.
Por otro lado recuerda actualizar tu SUA a la ultima versión, que seguramente pronto se publicará y tus sistemas de nomina de igual forma, debido a que derivado de una reforma a la Ley del Seguro Social para aumentar el porcentaje de las cuotas obrero patronales por Cesantía en Edad Avanzada y Vejez a partir del 2023, por lo que la aportación total a las cuentas individuales de los trabajadores por cuotas obrero patronales de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, subirá de 3.15% a 11.875%. Este aumento, se llevará a cabo de manera gradual desde el próximo año hasta el 2030, siendo la contribución patronal la que se incrementará del 3.15% vigente en la actualidad hasta un 11.875%, tomando en consideración el salario base de cotización del trabajador conforme a la siguiente tabla:














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