Materialidad de Operaciones: ¿Qué Revisará el SAT y Cómo Evitar Problemas Fiscales?
- Dr. Eduardo Aguilar
- 19 ene
- 3 Min. de lectura

La fiscalización del Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha evolucionado más allá de revisar si los contribuyentes emiten facturas correctas. Hoy, el SAT exige que cada operación reportada tenga materialidad fiscal, es decir, que exista, se haya realizado y esté debidamente sustentada con evidencia objetiva más allá de un CFDI.
¿Qué se entiende por materialidad?
Aunque la legislación fiscal no define expresamente el término, los jueces, especialistas y autoridades lo interpretan con base en normas contables y prácticas fiscales:
La materialidad de una operación implica que esta sí se llevó a cabo realmente y puede comprobarse con documentación y evidencia objetiva, tales como contratos, bitácoras, reportes técnicos, comprobantes de pago, estados financieros y correspondencia que
respalden su ejecución.
Es decir, no basta con emitir un CFDI: el SAT quiere tener la certeza de que la operación corresponde a una actividad comercial o jurídica real y verificada.
¿Por qué el SAT exige materialidad?
La autoridad utiliza este concepto como parte de sus facultades de comprobación para combatir la simulación de operaciones, la emisión de comprobantes sin sustancia económica o la evasión fiscal. El artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF) permite al SAT presumir la inexistencia de operaciones cuando los contribuyentes no cuentan con activos, personal, infraestructura o capacidad material para realizarlas.
En términos fiscales, esto significa que las autoridades pueden:
Cuestionar deducciones o acreditamientos cuando no se demuestra materialidad.
Rechazar los efectos fiscales de un CFDI, aún si este fue expedido correctamente.
Iniciar fiscalizaciones más profundas o visitas domiciliarias para verificar evidencia física de la operación.
Consecuencias de no acreditar materialidad
Si el SAT determina que una operación carece de materialidad, las consecuencias pueden ser muy graves:
🔹 1. Rechazo de deducciones o acreditamientos fiscales
El SAT puede dejar sin efecto las deducciones por gastos o la acreditación de IVA si no se demuestra la existencia real de la transacción, lo que incrementa la carga fiscal.
🔹 2. Ajustes fiscales y créditos mayores
Al no acreditar materialidad, el contribuyente puede enfrentar correcciones de impuestos, intereses y recargos que impactan directamente su flujo de efectivo.
🔹 3. Suspensión o cancelación de certificados digitales
En procedimientos especiales, la autoridad puede suspender el Certificado de Sello Digital (CSD), impidiendo la emisión de CFDI hasta que se resuelva la situación.
🔹 4. Listado de operaciones o emisores sospechosos
El SAT puede publicar contribuyentes o comprobantes en listados de presuntos emisores de operaciones inexistentes, lo que daña la reputación y dificulta transacciones con clientes y proveedores.
Recomendaciones para cumplir con la materialidad
Evitar problemas con el SAT requiere preparación, evidencia y organización documental. Aquí algunas recomendaciones clave:
1. No te limites al CFDIAsegura que cada operación tenga soporte documental amplio y coherente: contratos, órdenes de compra, correos, bitácoras, entregables y reportes.
2. Registra y reporta adecuadamente tus activos y personalLa autoridad puede presumir inexistencia si el contribuyente no demuestra capacidad operativa (activos, empleados, infraestructura, etc.).
3. Conserva evidencia física de ejecuciónDocumenta la realización concreta de las operaciones: pruebas de servicios prestados, entrega de bienes, informes técnicos, fotografías o vídeos cuando sea aplicable.
4. Lleva tus declaraciones y contabilidad al díaSistema contable ordenado, declaraciones correctas y conciliación de cuentas fortalecen tu defensa ante un requerimiento de materialidad.
5. Consulta a expertos fiscales constantemente las autoridades pueden exigir niveles de evidencia que varían según la operación y la industria. Por ello, contar con asesoría especializada reduce riesgos.
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